Condiciones de Permanencia y Culminación
Se señalan las condiciones de permanencia y culminación de un estudiante en los siguientes documentos:
Reglamento de Matrícula de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa
RCU N°0127-2020
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Art. 4. Tiene la condición de estudiante de la Universidad, aquel que ha aprobado un proceso de admisión y alcanzado una vacante y se ha matriculado en su respectiva Escuela Profesional.
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Art. 6. Los estudiantes tienen la obligación de matricularse en un número mínimo de 12 créditos por semestre para conservar su condición de estudiante regular, salvo que le falten menos créditos para culminar la carrera.
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Art. 8. La matrícula contempla las elecciones de cursos obligatorios y electivos según el Plan de Estudios que propone cada Escuela Profesional.
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Art. 13. El número máximo de créditos en que normalmente puede matricularse un estudiante al semestre es fijado por el Plan de Estudios de la escuela correspondiente. Los estudiantes que no tengan ningún curso pendiente de aprobación podrán matricularse hasta en seis (06) créditos adicionales por semestre.
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Art. 14. La desaprobación en una misma materia por tres (03) veces da a lugar que el estudiante sea separado temporalmente por un año de la Universidad. Al término de este plazo, el estudiante solo podrá matricularse en la materia que desaprobó anteriormente, para retornar de manera regular a sus estudios en el ciclo siguiente. Si desaprueba por cuarta (4ta) vez procede su retiro definitivo.
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Art. 24. La reserva de matrícula, es el acto voluntario del estudiante de diferir la matrícula para un periodo académico inmediato, debiendo solicitarlo en la Dirección Universitaria de Formación Académica (DUFA) y habiendo efectuado el pago por concepto de trámite
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Para culminar la carrera el estudiante deberá cumplir y aprobar todos los créditos establecidos en el plan curricular correspondiente.
Directiva de Matrícula de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa
Resolución Decanal N°009-2024-FM-UNSA
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4.1.1. Para matricularse en cuarto año el estudiante no debe tener algún curso electivo u obligatorio desaprobado o pendiente de años anteriores (cumplir con los créditos establecidos de primero a tercero).
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4.1.2. Para matricularse en el Internado el estudiante no debe tener algún curso electivo u obligatorio desaprobado o pendiente en los años previos (incluido los cursos extracurriculares).
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6.3. Los estudiantes que dejen de matricularse por más de tres años consecutivos o alternos, deberán volver a postular a la Universidad.
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7.1. Se cancelará la matrícula a los alumnos que sean separados de la UNSA por las causales y sanciones que establezcan en el Estatuto vigente de la Universidad.
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8.2. Los estudiantes deberán cumplir con los requisitos que fijen el Consejo de Facultad y el Consejo Universitario.
Reglamento del Internado de Medicina de la Facultad de Medicina
Resolución Decanal N°055-2021-FM-UNSA
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Art. 5. Es una etapa formativa que corresponde al séptimo año del currículo en los estudios de pregrado de la carrera de Medicina Humana. El estudiante debe desarrollar un trabajo calificado donde integre, valore y aplique las competencias adquiridas a lo largo de su formación, mediante el “Sistema de perfeccionamiento en Servicio”, con supervisión continua y control docente –asistencial, en las sedes calificadas por la Facultad de Medicina.
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Art. 7. El Internado Médico se realiza a “dedicación exclusiva” con una duración de 365 días calendario, periodo de tiempo que podrá ser modificado en forma excepcional dependiendo de las condiciones sanitarias y considerando los aspectos legales y administrativos vigentes.
